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Nuevos requisitos salariales para la reagrupación familiar en Andorra – Actualización 2025

En 2025, la residencia por reagrupación familiar en Andorra presenta cambios significativos con la actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que asciende a 1.447,33 € brutos mensuales. Estos ajustes impactan directamente en los requisitos económicos necesarios para reagrupar a cónyuges, hijos y otros familiares dependientes. En este artículo, te explicamos todos los detalles y cómo afecta esta medida a quienes buscan reagrupar a sus seres queridos en el Principado.


Principales Cambios en los Requisitos Económicos

El nuevo SMI establece mayores exigencias económicas para acreditar la capacidad de sustento de los familiares a reagrupar. A continuación, te detallamos las actualizaciones:

1️⃣ Requisitos para adultos (cónyuge o pareja estable):

  • Antes: Se exigía demostrar ingresos equivalentes al 70% del SMI.
  • Ahora: Se requiere el 100% del SMI, es decir, 1.447,33 € mensuales por cada adulto.

2️⃣ Requisitos para menores de edad:

  • Antes: Se solicitaba el 40% del SMI por menor.
  • Ahora: Este porcentaje aumenta al 70% del SMI, equivalente a 1.013,13 € mensuales.

3️⃣ Ejemplos prácticos según la composición familiar:

  • 1 adulto y 1 menor: 170% del SMI = 2.460,46 € mensuales.
  • 2 adultos: 200% del SMI = 2.894,66 € mensuales.
  • 2 adultos y 2 menores: 340% del SMI = 4.920,92 € mensuales.

Periodo de la autorización

  • Máxima duración (10 años): Cuando el reagrupamiento es con una persona de nacionalidad andorrana.
  • Duración inicial (1 año): Cuando el reagrupamiento es con el titular de una autorización de residencia y trabajo, se concede inicialmente por un año, renovable tres veces por periodos de dos años. Transcurridos siete años, las renovaciones sucesivas se otorgan por periodos de diez años, excepto para nacionales de estados que hayan firmado y ratificado un convenio con el Principado de Andorra.

Documentación necesaria para la reagrupación familiar en Andorra

Es importante tener en cuenta que, dependiendo del caso, el Servicio de Inmigración puede requerir documentación adicional o específica. Para más detalles, visita la página oficial de Inmigración de Andorra.

  • Formulario de solicitud: Autorización de inmigración debidamente cumplimentada.
  • Pasaporte o DNI (original y copia) vigente. Alternativamente, ciudadanos de la UE o EEE pueden presentar su documento nacional de identidad.
  • Certificado de antecedentes penales: Del país de origen, de la nacionalidad y de los países de residencia, debidamente legalizados.
  • Declaración jurada: Relativa a los antecedentes penales.
  • Fotografía reciente: Color, 35 x 45 mm
  • Prueba de alojamiento: Contrato de alquiler, título de propiedad o certificado que justifique el domicilio.
  • Documentación según el estado civil:

Soltero/a: Certificado oficial de soltería o declaración jurada firmada por el solicitante.

Casado/a: Certificado de matrimonio con una antigüedad inferior a 3 meses.

Separado/a o divorciado/a: Sentencia judicial y documentos de tutela de los hijos.

Viudo/a: Certificado de defunción.

Unión estable de pareja: Certificado del Registro Civil de Andorra con una antigüedad inferior a 3 meses.

  • Seguro médico: Cobertura al 100% de cualquier gasto sanitario del reagrupado, con compromiso de renovación por declaración jurada.
  • Certificado de censo: Emitido por el Comú de la parroquia de residencia del solicitante (si es andorrano).
  • Autorización de inmigración: En caso de solicitantes extranjeros, si la persona que solicita es extranjera, deberá presentar una copia del pasaporte o del documento de identidad vigente, así como una copia de la autorización de inmigración.
  • Certificado de nacimiento de la persona que se desea reagrupar y, en su caso, otro documento acreditativo del vínculo familiar con el solicitante.
  • Medios económicos:

Justificar ingresos equivalentes al 100% del salario mínimo de Andorra para adultos y al 70% para menores de edad.

  • Tres últimas nóminas y extracto de cotizaciones a la CASS (para asalariados).
  • Certificado bancario de solvencia y declaración jurada de ingresos (otros casos).

Si uno de los padres no tiene residencia en Andorra y desean reagrupar a su hijo, será necesario presentar una autorización notarial del progenitor que no reside en el país. Este documento, en caso de haberse emitido fuera de Andorra, deberá contar con la apostilla correspondiente para ser aceptado.

Una vez que se disponga de toda la documentación requerida, se podrá iniciar el proceso de reagrupación familiar. Cumpliendo con todos los requisitos establecidos, la emisión de la tarjeta de residencia generalmente se lleva a cabo en un plazo cercano a una semana.

El proceso de reagrupación familiar en Andorra puede resultar complejo debido a los múltiples documentos requeridos y las particularidades que pueden surgir en cada caso. Además, el Servicio de Inmigración podría solicitar documentación adicional según las circunstancias específicas.

Contar con un gestor especializado no solo asegura que todos los trámites se realicen correctamente, sino que también te permite ahorrar tiempo y evitar posibles errores que puedan retrasar el proceso. Un profesional puede ayudarte a evaluar tu situación, reunir los documentos necesarios y optimizar cada paso del trámite.

Si estás considerando reagrupar a tu familia en Andorra, no dudes en buscar el apoyo de expertos para garantizar un proceso fluido y exitoso.